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La entrada en vigencia del Decreto Supremo N°17/2025 del Ministerio del Medio Ambiente introdujo modificaciones al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que podrían generar nuevas obligaciones regulatorias para empresas del sector agroproductivo, particularmente en materia de manejo de Residuos Industriales Líquidos (RILes).

La normativa, vigente desde el 21 de enero de 2026, establece criterios técnicos objetivos que obligan a ingresar al SEIA cuando se superan determinados umbrales de efluentes. En específico, se requerirá evaluación ambiental cuando se eliminen o dispongan RILes —con o sin tratamiento— en cantidades iguales o superiores a 50 m³ diarios, o cuando se traten efluentes líquidos desde los 160 m³ diarios.

Uno de los aspectos más relevantes del cambio regulatorio es que el nuevo criterio no distingue entre actividades agrícolas, ganaderas o industriales de manera formal. En cambio, la autoridad evaluará factores como la existencia de tratamiento o eliminación de RILes, el volumen de efluentes generados y la naturaleza del proceso productivo. Bajo estas condiciones, una operación podría ser recalificada como industrial durante un proceso de fiscalización.

En caso de que la autoridad determine la obligación de ingreso al SEIA, las empresas podrían enfrentar exigencias de evaluación ambiental, observaciones administrativas, procedimientos sancionatorios y eventuales impactos en su continuidad operacional, además de efectos reputacionales o contractuales.