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La modificación de la Propiedad industrial en Chile: ¿Lo qué estábamos esperando?

Durante el año 2022, hemos podido visualizar grandes cambios a nuestra norma de Propiedad Industrial, la cual requería necesariamente una actualización hace muchos años. Donde nos fuimos quedando atrás en relación a los demás países y normas a nivel global, a pesar de ser un país tremendamente innovador, nos estancamos por un momento. Producto de lo anteriormente señalado era necesario que nuestro país se pusiera al día, en este año en particular hemos tenido importantes cambios, entre ellos el adherirnos al Arreglo de Madrid, donde se amplió nuestra parrilla de posibilidades en materia de propiedad industrial y no menos importante entró en vigencia la Ley 21.355, la cual vino a modificar elementos esenciales de nuestra norma de la especialidad. Los cuales eran indispensables para estar a la altura de lo que requieren los constantes avances en el área, algunos cambios fundamentales fueron los siguientes:

  • La introducción de la institución de Cancelación de Marcas Comerciales por no uso, la cual vendrá a exigir el uso de una marca dentro de un plazo de cinco años desde su concesión y de no ser así les entregará la posibilidad a terceros de poder solicitar su Cancelación. Salvo que el titular demuestre que hubo razones válidas basadas en la existencia de obstáculos para su uso.
  • Incorporación de Marcas No tradicionales, que son aquellas que no son Figurativas, mixtas o denominativas. En este segmento tenemos nuevos tipos de marcas como lo son las Holográficas, olfativas, de gusto o Tridimensionales. Lo que a modo de ejemplo nos permitirá registrar una botella, siempre y cuando tenga la diferenciación suficiente en el mercado.
  • Precisión de la descripción que se hacía de la falsificación de marcas y sus sanciones asociadas.
  • La adición de “Secreto Comercial” en nuestra legislación de la materia, el cual vino a describir cómo y de qué forma se debe resguardar este importante tipo de información para una empresa o emprendedor. Además de las sanciones establecidas por su divulgación, adquisición ilegitima o explotación de la misma.

Estas son algunas de las más importantes modificaciones que tuvo nuestra norma de la especialidad, que vinieron a solucionar ciertas falencias que veníamos arrastrando en la materia y requerían una actualización.

José Tomás Leyton Amaya

Área Propiedad Intelectual

Araya & Cía

José Tomás Leyton

Asociado

Área Propiedad Intelectual